Respuesta:
La costumbre es fuente del Derecho, en defecto de ley, como dice el artículo 1.3, del Código civil: es, pues, fuente subordinada a la ley, si bien en casos concretos la ley se remite, para regular un punto, a la costumbre. En el Derecho moderno es común la primacía de la ley sobre costumbre.