Tienen capacidad plena; pueden contratar por sí mismos:Los mayores de 18 años.Los menores de 18 años y mayores de 16, que estén emancipados o gocen del beneficio de la mayoría de edad. Capacidad Legal para contratar: (art. 7 Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores , art. 162 y 315 del Código Civil
Incapacidad absoluta:Los menores de 16 años.