Respuesta:
esde la perspectiva de los derechos sociales, podemos decir que la
Constitución de 1853 no incluye en forma explícita el contenido de
ellos, aunque asegura un conjunto de declaraciones, derechos y garantías que hacen a la protección de la personalidad humana y a la posibilidad de
constituir un régimen de derecho. En 1860 los convencionales argentinos agregaron a la Constitución del ‘53 el artículo 33, por el cual se estableció que las Declaraciones, Derechos y Garantías que enumera la Constitución no serán entendidos como negación de otros derechos y garantías no enumerados pero que nacen
del principio de la soberanía del pueblo y de la forma republicana de gobierno
(Constitución de la Nación Argentina, 1991)
Explicación:
espero y te sirva lo hice con mucho gusto