es cuando el deudor no puede cumplir con una obligacion y el acreedor de buena fe retraza el cobro de la prima pero siempre y cuando el deudor presente una razon excusable para el no pago
que puede ser la quiebra es decir la cesion de la deuda por falta de liquidez del deudor
ademas se puede liquidar el pasivo si las partes convenieren en que es lo mejor salida para una liquidacion amigable
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