EJEMPLOS DE ...

- PROPIEDAD CONVENCIONAL

- PROPIEDAD ASOCIA

 

 

                                                     GRACIAS  !!! <3                                                                                      



Respuesta :

-PROPIEDAD ASOCIA 

Si tenemos que multiplicar tres números, primero multiplicamos dos de ellos y después el producto obtenido por el tercer número. Haz la prueba y comprobarás que el resultado es siempre el mismo. Ten presente que los términos de una multiplicación se denominan factores y el resultado lo llamamos producto. Además el elemento neutro de la multiplicación es el número 1. O sea que si multiplicamos cualquier número por el número 1, el resultado obtenido será el mismo número. Veamos algunos ejemplos de la propiedad asociativa: 1) Una camioneta traslada 20 cajones con 12 litros de agua mineral cada uno. Se pregunta ¿cuántos litros en total trasladan cuatro camionetas? El razonamiento de este ejemplo es el siguiente: 20 cajones por 12 litros de agua mineral nos dan un total de 240 litros que traslada cada camioneta. Como en total son 4 cuatro camionetas, entonces debemos multiplicar 240 x 4 = 960. 2) Otro ejemplo de la propiedad asociativa: ¿Cuántas pastillas de sabor frutilla hay en 10 cajas que contienen 50 bolsas de 16 pastillas cada una? En este ejemplo tenemos que realizar la siguiente operación: 10 x (50 x 16) o lo que es lo mismo (10 x 50) x 16 = 8000 3) La tía de Lucía tiene 5 álbumes con fotos antiguas. Cada uno de los álbumes contiene 12 páginas con cinco fotos. Se quiere saber ¿cuántas fotos hay en total? El ejemplo lo resolvemos aplicando la propiedad asociativa: (5 x 12) x 5 = 5 x (12 x 5) = 300 fotos.

URL del artículo: http://www.ejemplode.com/5-matematicas/1371-ejemplo_de_propiedad_asociativa.html
Nota completa:

creo que es

 Propiedad que establece que cuando se suman tres o más números reales, la suma siempre es la misma independientemente de su agrupamiento. Esto es,

 

(a + b) + c = a + (b + c)http://www.mathematicsdictionary.com/spanish/vmd/full/a/ociativepropertyofaddition.htm

Las restricciones convencionales de la propiedad
establecidas por pacto no pueden comprender los
atributos de enajenación o gravamen del bien, salvo
que la Ley lo permita, conforme con lo previsto por
el artículo 882 del Código Civil, pues existe un
interés superior de que los bienes circulen
libremente en el mercado